Consejos
para defenderse en caso de acoso laboral.
(Basados en las recomendaciones del Presidente de ACHP.
Francia)
Ver también los consejos que dan el Ayuntamiento
de Ginebra
y la asociación Mots
Pour Maux
Es aconsejable unirse a un grupo de personas que se encuentren en la
misma situación. Buscar en http://www.mobbing.nu/organizaciones.htm#espana
(V.S.)
1/ Pruebas: Ante todo reunir pruebas (documentos, testigos,
certificado médico, etc.). Son imprescindibles. Apuntarlo todo, incluso
los detalles más insignificantes.
La razón es clara: cada una de las actuaciones a que somos sometidos
en caso de mobbing tiene escasa entidad.
El acoso moral se caracteriza por ser producido por numerosos pequeños
ataques de apariencia inofensiva a lo largo del tiempo. Lo que causa
estragos en el acoso no es cada uno de los ataques sino su conjunto.
En el caso del tormento llamado "la gota de agua" o "la
gota malaya", el hecho de recibir una gota de agua en la cabeza
no tiene la menor importancia. Pero si detrás de esa gota hay
otra y otra y otra, el resultado puede ser catastrófico.
Para que el abogado, el psicólogo, el Inspector de trabajo y
finalmente el Juez comprendan lo sucedido, se les han de proporcionar
los medios necesarios, una información lo más completa
posible.
Una lista de los ataques sufridos, con sus fechas y detalles puede
ayudar a esta comprensión. A menudo es difícil de hacer
porque a muchos de nosotros nos molesta recordar esos sucesos y también
porque, en los casos más avanzados, la depresión debilita
la fuerza de voluntad.
Cada cual debe encontrar la manera más apropiada de confeccionar
esa lista, de obligarse a ir apuntando cada detalle a medida que ocurre
o que se recuerda en una libretita que se lleva siempre en el bolsillo
y que se pasa en limpio de vez en cuando. (V.S.)
2/ Denuncia: Denunciar el hecho, por burofax, a:
a.- médico del trabajo
b.- inspector del trabajo
c.- seguridad social
3/ Reconocimiento: Relatar los hechos, solicitando reconocimiento
como accidente de trabajo, por burofax a:
a.- empleador
b.- con copia por burofax a:
1.- seguridad social
2.- médico del trabajo
3.- inspector del trabajo
4/ Apoyo: Comunicar los hechos, solicitando apoyo a :
a.- organizaciones sindicales
b.- comité de seguridad y salud de la empresa
5/ Tribunales
a) empresa privada: Llevar el tema al SMAC: puede denunciar al empleador,
al responsable del acoso moral y, de forma general, a todo asalariado
que hubiera participado en el acoso. Al existir parte de responsabilidad
individual ligada con el contrato de trabajo, denunciar al tribunal
de gran instancia.
b) sector público:
-Presentar denuncia al Tribunal Administrativo, contra la Administración
pública.
- Presentar denuncia, por lo civil, contra las personas.
En ambos casos, denunciar las responsabilidades penales.
6/ Abogado: Primero, informarse personalmente de sus derechos
por mediación del código penal, código civil, código de los procedimientos
laborales, y Estatuto de los Trabajadores. Luego acudir al abogado con
un esquema muy definido y las ideas claras. Asegurarse de seguir un
planning de trabajo común, facilitarle el trabajo y supervisarlo todo.
* Esta página es un elemento de trabajo.
Creo conveniente que cualquier lector con experiencia propia o conocimientos
sobre el tema aporte su opinión para mejorarla y así ayudar
mejor a los que vienen detrás. (Escribir a
correo@mobbing.nu)